Luego de numerosas consultas sobre el tema, el CFM, en el proceso de consulta N° 50/16 - Dictamen CFM N° 14/2017, consolidó el entendimiento en el sentido de que es posible utilizar la aplicación (plataforma) Whatsapp y similares en la comunicación entre médicos y sus pacientes y entre los profesionales.
El Consejo Federal de Medicina, sin embargo, presentó las siguientes recomendaciones en la referida decisión:
(a) Es posible formar grupos integrados exclusivamente por médicos, a fin de permitir la discusión de casos que den lugar a la intersección de especialidades – siempre que todos los profesionales estén matriculados y registrados en los Consejos Regionales de Medicina.
(b) Los temas tratados están amparados por el secreto profesional, estando prohibida de cualquier forma la identificación del paciente o caso (artículo 75 del Código de Ética Médica).
(c) El intercambio de mensajes entre médicos y pacientes tendrá como objetivo aclarar dudas, tratar aspectos evolutivos del tratamiento y orientar sobre intervenciones de emergencia.
(d) Dada la necesidad de utilizar imágenes que puedan identificar al paciente, es obligatorio cumplir con lo dispuesto en la Resolución CFM N° 1974/2011 (autorización del paciente), excepto en situaciones de urgencia y emergencia
Véase, en este sentido, la conclusión contenida en el Dictamen en pantalla:
“WhatsApp y plataformas similares se pueden utilizar para la comunicación entre médicos y sus pacientes, así como entre médicos y médicos de forma privada para enviar datos o aclarar dudas con compañeros, así como en grupos cerrados de especialistas o el personal clínico de una institución o cátedra. con la salvedad de que toda la información transmitida es absolutamente confidencial y no puede traspasar los límites del propio grupo, ni puede circular en grupos recreativos, aunque estén integrados únicamente por médicos, destacando la prohibición explícita de sustituir las consultas presenciales y que para la complementación diagnóstica o evolutiva a criterio del médico por cualquiera de las plataformas existentes o futuras”
Enlace para acceder al contenido completo del Dictamen-CFM: https://sistemas.cfm.org.br/normas/visualizar/pareres/BR/2017/14
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