2020-06-22 18:01:14 - 8

Posición oficial del CBR en defensa de los Ultrasonidos

El Colegio Brasileño de Radiología y Diagnóstico por Imágenes (CBR), entidad nacional que representa oficialmente a la Especialidad de Radiología en Brasil, al reunir a médicos especialistas en Radiología y Diagnóstico por Imágenes y aquellos que utilizan el Ultrasonido como área de actuación, cumpliendo con sus compromisos y obligaciones estatutarias, hace pública, ante nuestros asociados, la profesión médica, toda la población brasileña y todas las instituciones nacionales, su REPUDIO la decisión pronunciada en el proceso judicial que rechazó la solicitud de medida cautelar interpuesta por el Consejo Regional de Medicina del Estado de São Paulo (CREMESP), cuyo objetivo sería revocar la Resolución nº 627/2020 del Consejo Federal de Enfermería, para impedir que los profesionales de esta área realicen ecografías, así como la emisión de informes. Resaltamos que esta acción fue tomada unilateralmente por CREMESP, sin haber sido consultada para otorgar mayores subsidios técnicos, y es una decisión judicial inicial, dictada en sede de Primera Instancia. Por lo tanto, aún se encuentra en la fase de apelación, que debe realizarse pronto. El momento es crítico y exige la UNIÓN de todos nosotros en favor de la buena práctica médica y del cuidado que merece la población brasileña. Por ello, CBR reafirma que hará todos los esfuerzos legales, junto al Consejo Federal de Medicina (CFM), para revertir esta decisión de primera instancia, cumpliendo su rol en el ámbito de la Defensa Profesional de cada médico que representa en el país. . La Comisión Nacional de Ultrasonografía del Colegio Brasileño de Radiología y Diagnóstico por Imágenes (CNUS/CBR) y toda nuestra Junta Directiva REPUDIAR El realización de exámenes de ultrasonido por profesionales no médicos, por lo tanto, no calificado y/o calificado. Les recordamos que la formación de un profesional para realizar una Ecografía lleva su tiempo y ya existen varias normas muy bien especificadas que garantizan la CALIDAD de la formación de este profesional médico, englobando conocimientos que van mucho más allá de aprender la técnica de cómo realizar una examen de ultrasonido. Esta manifestación refuerza la posición de la Cámara Técnica del Consejo Federal de Medicina (CFM) con la participación de la Federación Brasileña de Asociaciones de Ginecología y Obstetricia (Febrasgo) y CBR, editada en 2017, en el parecer 35/2017, que reitera que:  “La ejecución e interpretación de un examen de ultrasonido, así como la emisión del informe respectivo, son competencia exclusiva del médico. Está prohibido que el médico delegue la realización de exámenes en personas no médicas y asuma la responsabilidad de exámenes que no actuó". La ultrasonografía es un examen dinámico, cuyas imágenes documentadas representan una fracción mínima de los escaneos multiplanares visualizados por el médico durante el examen y, por lo tanto, insuficientes, por sí mismos, para elaborar un informe diagnóstico. La formación médica posibilita el conocimiento de los posibles diagnósticos y la adecuada dirección del examen. Por tanto, la Resolución CFM 2235/2019 ratifica el dictamen 35/2017 del propio CFM. En su caso, reiteramos que la producción de imágenes en tiempo real puede dar lugar a una acción inmediata y, de no ser realizada por un médico, puede causar pérdida de tiempo para resolver el caso con un buen resultado, lo que puede generar un riesgo de daño irreversible a (la ) paciente y aumento de la morbimortalidad materna y perinatal. Cabe señalar que la anterior Resolución CFM 1361/1992, del 9 de diciembre de 1992, ya reconocía la competencia exclusiva del médico para realizar e interpretar ecografías en seres humanos, así como emitir el informe respectivo. A Ley 12842 de la Ley Médica, de fecha 10 de julio de 2013, es explícito en su artículo 4 sobre cuáles son las actividades exclusivas del médico en los siguientes artículos: “III- indicación de la ejecución y ejecución de procedimientos invasivos, ya sean diagnósticos, terapéuticos o estéticos, incluso vascular profundo accesos, biopsias y endoscopias;” “VII - emisión de informes sobre pruebas endoscópicas y de imagen, procedimientos diagnósticos invasivos y pruebas anatomopatológicas”. Evaluando los hechos, el Colegio Brasileño de Radiología reafirma su posición en el sentido de que: - La indicación, ejecución, interpretación y emisión del informe del examen de Ultrasonido son de exclusiva responsabilidad del médico y que este sea realizado por un profesional capacitado y, preferentemente, con la debida certificación de CBR/FEBRASGO/AMB. A pesar del RESPETO que la CBR siempre ha tenido con los Consejos de Enfermería (COFEN y CORENS), reforzamos que cualquier tipo de noticia o contenido publicado por los Consejos de Enfermería, manifestando que estos profesionales estarían autorizados para realizar ecografías y emitir informes y opiniones sobre estas imágenes son sobre noticias prematuras, basado en decisión judicial en primera instancia, con el objetivo de revelar material falso, ya que están en total desacuerdo con la Legislación vigente y está en total desacuerdo con las normas del Consejo Federal de Medicina, órgano que tiene atribuciones constitucionales de fiscalización y normalización de la práctica médica. También le recordamos que cualquier ecografía realizada por un profesional no debidamente cualificado puede dar lugar a un PROCESO en el ámbito civil y penal, y que, por supuesto, se denominará “ERROR MÉDICO”, y nunca “error de enfermería”. ” o cualquier otro profesional del área de la salud! Finalmente, la CBR destaca que actuará legalmente para cumplir con la Ley Federal 12.842/2013, que enumera claramente las actividades que solo los médicos pueden realizar, recordando que los actos normativos, como resoluciones y ordenanzas, emitidas por autoridades federales, en este caso en pantalla, Resolución N° 627/2020 del Consejo Federal de Enfermería, no puede ni debe superponerse con disposiciones legales y constitucionales que versan sobre la materia. Se están tomando todas las medidas pertinentes al respecto, preservando la mejor atención a la población, visando la seguridad de la paciente, y en el caso de la Ecografía obstétrica, de su feto. El CBR está a disposición de toda la comunidad médica y no médica para las aclaraciones que se consideren necesarias.   doctor Wagner Iared Coordinador de la Comisión Nacional de Ultrasonografía/CBR   Dr. Cibeles Alves de Carvalho Director de Defensa Profesional CBR   doctor Alair Sarmet Santos Presidente de CBR (2019/2020)   Descarga el documento en PDF